Convocatoria de beca de formación - Facultad de Humanidades de Albacete

Convocatoria de beca de formación

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Convocatoria de beca de formación

Convocatoria de beca de formación

FACULTAD DE HUMANIDADES DE ALBACETE. AÑO 2018

La Facultad de Humanidades de Albacete de la Universidad de Castilla‐La Mancha (UCLM) convoca una beca con destino en la misma Facultad con el objetivo de contribuir a la formación avanzada del adjudicatario en la realización de tareas relacionadas con la difusión y publicidad de las titulaciones de Grado y Máster de dicha Facultad. La concesión de esta beca de formación se realizará conforme a lo aquí dispuesto con arreglo a las siguientes

BASES

Primera. Objeto de la convocatoria

Se convoca por la Facultad de Humanidades de Albacete, de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia competitiva y publicidad, la beca de formación relacionada en el Anexo I que se adjunta a esta convocatoria.

La finalidad de esta beca es la formación avanzada del adjudicatario en la realización de tareas relacionadas con la difusión y publicidad de las titulaciones de Grado y Máster de dicha Facultad, especialmente mediante el diseño, desarrollo y montaje de exposiciones con destino a los institutos de Enseñanza Secundaria de Albacete.

Segunda. Forma y Plazo de presentación de las solicitudes

Los interesados presentarán un ejemplar de modelo normalizado de instancia y la documentación requerida en esta convocatoria, en el Registro de la Facultad de Humanidades (UCLM) en el Edificio Benjamín Palencia (Campus Universitario, s/n, 02071, Albacete). La solicitud será dirigida al Decano de la Facultad.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el mismo día de la publicación de esta convocatoria en la web de la facultad y finalizará el 20 de febrero de 2018.

La presente convocatoria se hará pública en la página Web de la Facultad y en los tablones de anuncios de la misma.

Tercera. Dotación presupuestaria

Esta convocatoria será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 00440290 del presupuesto de gastos de la Facultad de Humanidades de Albacete, habiéndose practicado la correspondiente retención de crédito, con anterioridad a la fecha en la que se hace pública esta convocatoria.

Cuarta. Requisitos de los candidatos

Podrán optar a esta beca los solicitantes que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes estén matriculados en el curso 2017/2018 en la Escuela Internacional de Doctorado de la UCLM, en el Programa de Artes y Humanidades, Doctorado en Investigación en Humanidades, Arte y Educación.

Quinto. Formalización de solicitudes

  1. Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo normalizado que se incluye en el Anexo II de la presente convocatoria y  deberá ir acompañado de los siguientes documentos:
  • Fotocopia del DNI, equivalente para nacionales UE o Pasaporte para el resto de extranjeros.
  • Declaración jurada del solicitante de no ser beneficiario de otras becas o ayudas que sean incompatibles.
  • Currículum Vítae.
  • Certificación del expediente académico.
  • Documentación acreditativa de estar matriculado en la Escuela Internacional de Doctorado de la UCLM, en el Programa de Artes y Humanidades, Doctorado en Investigación en Humanidades, Arte y Educación, en el curso 2017/2018.
  1. El solicitante que resulte adjudicatario de la beca, deberá acreditar, antes del inicio de la percepción de la misma, estar cubierto por algún seguro médico para casos de enfermedad o accidente. La no acreditación de dicho requisito en el plazo en que se establezca será causa suficiente para revocar la adjudicación a dicho solicitante. En el caso de que el solicitante esté matriculado en un programa de doctorado oficial de la UCLM y sean menores de 28 años, no será necesario acreditar el requisito de estar cubierto por algún seguro médico, al contar con el Seguro Escolar.
  2. Esta beca será compatible con cualquier clase de contrato a tiempo parcial, beca o ayuda de fondos públicos o privados, siempre que permitan cumplir el régimen de dedicación establecido por la presente convocatoria.
  3. La concesión de la beca será modificada con reintegro total o parcial de su cuantía, en caso de ocultación o falseamiento de datos, cuando exista incompatibilidad con otras ayudas o en caso de que haya sido concedidas a alumnos que no reúnan alguno de los requisitos establecidos o no los acrediten debidamente.
  4. En ningún caso el disfrute de esta beca tendrá efectos jurídico‐laborales entre el becario y la Universidad de Castilla‐La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual laboral o administrativa con dicha Universidad, viniendo obligado el beneficiario a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio de la percepción de la beca.
  5. La duración de las actividades objeto de las respectivas becas se especificará en el Anexo I  de la presente convocatoria.
  6. El calendario de actividades comprenderá 20 horas semanales. La distribución de esta dedicación será flexible y deberá cumplirse en cómputo total al final del periodo de disfrute de la beca, no pudiendo superar en todo caso las 30 horas en ninguna de las semanas computables.
  7. El periodo total de disfrute de la beca será de cuatro meses.
  8. La dotación económica será de 500 euros brutos mensuales.
  9. Incorporarse al lugar de aplicación de la respectiva beca en la fecha señalada en esta convocatoria, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca.
  10. Realizar su labor en el lugar de aplicación de la beca, cumpliendo con aprovechamiento las actividades encomendadas.
  11. Comunicar al decano de la Facultad cualquier cambio que implique una situación de incompatibilidad.
  12. Al finalizar la beca y como condición previa a la última liquidación, el adjudicatario deberá presentar una Memoria en la que describa el trabajo realizado con el visto bueno del vicedecano de la Facultad, documento que será remitido a la Facultad de Humanidades de Albacete.

Sexto. Condiciones de disfrute, periodo y dotación

Séptimo. Obligaciones del becario.

Octavo. Selección de candidatos

El estudio de las solicitudes presentadas se llevará a cabo por la Comisión de Asuntos Económicos de la Facultad.

Noveno. Criterios de adjudicación

  1. La Comisión de Selección valorará las solicitudes de los aspirantes en base a los méritos de los candidatos, atendiendo al grado de adecuación de los mismos, a los requisitos y objetivos citados.
  2. La propuesta de beneficiario que formule la Comisión de Selección se producirá en el plazo máximo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  3. La Comisión de Selección podrá proponer, en su caso, una lista de suplentes que quedará activa hasta la finalización de la beca, para el caso de que el candidato propuesto como titular de la beca renunciara a lo largo del curso académico.
  4. La resolución por la que se concede la beca será adoptada por el Decano de la Facultad de Humanidades de Albacete, a propuesta de la Comisión de Selección.
  5. La Facultad dará publicidad a dichos resultados en su página Web y en el tablón de anuncios de la misma.
  6. Deberá renunciar, por escrito, a la beca, todo beneficiario que:
    1. Deje de cumplir los requisitos específicos de la modalidad de beca que disfruta.
    2. Incurra en alguna de las incompatibilidades establecidas en el punto sexto de la presente convocatoria.
  7. La renuncia de la beca deberá comunicarse y justificarse al Decano de la Facultad de Humanidades de Albacete, indicando la fecha concreta a partir de la cual se produce la misma.
  8. Si la renuncia se produce con posterioridad a la incorporación, deberá acompañarse la Memoria indicada en el punto Séptimo hasta esa fecha.
  9. 4. Son causas de revocación de la beca:
    1. No cumplir con las obligaciones establecidas en el punto séptimo de la convocatoria.
    2. Seguir disfrutando de la beca sin tener derecho a ello ni haber renunciado a la misma cuando exista causa para ello, lo que supondrá la obligación por parte del beneficiario de reintegrar a la UCLM las cantidades indebidamente percibidas.
  10. A petición del Decano de la Facultad de Humanidades de Albacete, en su caso, se podrá sustituir al becario por el correspondiente suplente que cumpla todos los requisitos en el momento del inicio del disfrute de la beca.
  11. Cuando una beca quede vacante antes de la finalización del período para el que se concede, a petición del Decano de la Facultad de Humanidades de Albacete, en su caso, se podrá sustituir al becario por el correspondiente suplente que cumpla todos los requisitos en el momento del inicio del disfrute de la beca. En su caso, se concederá al siguiente suplente, en las mismas condiciones.

Décimo.‐ Resolución

Undécimo. Renuncia y revocación de las becas

Duodécimo.‐ Recursos.

Contra la resolución de concesión de la beca, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso‐administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‐Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer, potestativamente, contra dicha resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso‐administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 3 de enero.

 

Firmado en Albacete, en la fecha abajo indicada.  

9 de febrero de 2018
DECANO DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES DE ALBACETE

 

 

RESOLUCIÓN